El Ministerio de Fomento ha publicado el borrador del Real Decreto de lo que será el Plan Estatal de Vivienda para el período 2018-2021. Un plan que considera las estrategias sostenibles en edificios de uso residencial.

Aunque es Plan Estatal de Vivienda serán las Comunidades Autónomas las que gestionen la tramitación, resolución, pago, abono y reconocimiento de la mayoría de los programas de ayuda establecidos, por lo que habrá que dirigirse al organismo encargado en cada comunidad. En algunas comunidades autónomas ya han abierto el periodo de inicio de la solicitud de estas ayudas.

El Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 contempla una serie de medidas para fomentar el acceso a la vivienda por parte de los colectivos más vulnerables, así como la rehabilitación y la promoción de viviendas. La dotación del Plan de Vivienda es, para cuatro años, de 1.443 millones de euros.

 

Programas que incluye el Plan estatal de vivienda 2018-2021

El nuevo Plan estatal de vivienda estará destinado a conceder a ayudas a estos programas:

  • Programa 1 Subsidiación de préstamos convenidos.
  • Programa 2 Ayudas al alquiler de vivienda.
  • Programa 3 Ayudas a las personas en situación de desahucio o lanzamiento de su vivienda habitual.
  • Programa 4 Fomento del parque de vivienda en alquiler.
  • Programa 5 Fomento de la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en viviendas
  • Programa 6 Fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de las accesibilidad en viviendas.
  • Programa 7 Fomento de la regeneración y renovación urbana y rural.
  • Programa 8 Ayuda a los jóvenes.
  • Programa 9 Fomento de viviendas para personas mayores y personas con discapacidad.

 

El Plan de Vivienda 2018-2021 contempla acciones de rehabilitación y conservación. En este apartado del Plan se incluyen una serie de mejoras y actuaciones dispuestas a atender cuestiones como la Eficiencia Energética, la Sostenibilidad y la Accesibilidad en viviendas. Los beneficiarios pueden ser:

  • Propietarios de viviendas unifamiliares, de edificios existentes de vivienda colectiva y de sus viviendas.
  • Comunidades de propietarios y agrupaciones de comunidad de propietarios.
  • Cooperativas de propietarios y propietarios de forma agrupada de edificios.
  • Empresas constructoras, explotadoras, arrendatarias o concesionarias de los edificios y las cooperativas que acometen obras de rehabilitación objeto del programa.
  • Empresas de servicios energéticos.

Los requisitos para viviendas unifamiliares

  1. Viviendas finalizadas antes de 1996.
  2. Domicilio habitual y permanente de sus propietarios o arrendatarios al menos con un año de anterioridad.
  3. Disponer del Informe de Evaluación del Edificio.
  4. Se aporte proyecto técnico o memoria suscrita por técnico competente justificativa de la adecuación al CTE de las actuaciones a realizar.

Los requisitos para Edificios de Viviendas

  1. Viviendas finalizadas antes de 1996.
  2. Al menos el 70% de la superficie construida sobre rasante, excepto planta baja o inferiores con otro uso compatible, sean de uso residencial vivienda.
  3. Al menos el 50% de las viviendas constituyan domicilio habitual de propietarios o arrendatarios al menos con un año de anterioridad.
  4. Disponer del Informe de Evaluación del Edificio.
  5. Exista acuerdo de la comunidad respecto de las actuaciones a realizar.
  6. Se aporte proyecto técnico o memoria suscrita por técnico competente justificativa de la adecuación al CTE de las actuaciones a realizar.

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